Se sustituye el Artículo 9° de la Resolución N° 67 del 28 de enero del 2019 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO.- 9°.- Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES). Todos los establecimientos ganaderos bovinos del país en los que se realice algún tipo de actividad reproductiva del ganado bovino, deben efectuar la Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES) respecto a Brucelosis, mediante la realización de un diagnóstico serológico.
Grupos involucrados
En todo el territorio nacional.
Período de la consulta
La consulta estará abierta durante 15 días corridos desde el 17 de diciembre de 2020 hasta el 1 de enero de 2021 a las 17 hs inclusive.
Las opiniones sobre este proyecto deben estar fundadas en razones técnicas, ser claras, pertinentes y, en la medida de lo posible, breves.
Cómo enviar su comentario
Enviar su contribución por correo electrónico a la siguiente dirección:
consultapublica406@senasa.gob.ar
IMPORTANTE: Las opiniones deben ser dentro de lo posible concisas y deben ser expresadas pura y exclusivamente en el cuerpo del correo. No se tomará en cuenta ningún tipo de archivo adjunto.
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)
Paseo Colón 367 Piso 9º
C1063CD – Ciudad Autónoma de Buenos Aires